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Esquizofrenia

[parte 1] [parte 2] [parte 3]
descripción

Subtipos
F20.0x Tipo paranoide [295.30]
F20.1x Tipo desorganizado [295.10]
F20.2x Tipo catatónico [295.20]
F20.3x Tipo indiferenciado [295.90]
F20.5x Tipo residual [295.60]

Otros trastornos psicóticos
F20.8 Trastorno esquizofreniforme [295.40]
F25.x Trastorno esquizoafectivo
F22.0 Trastorno delirante [297.1]
F23.8x Trastorno psicótico breve [298.8]
F24. Trastorno psicótico compartido [297.3]
Trastorno psicótico debido a enfermedad médica
Trastorno psicótico inducido por sustancias
F29 Trastorno psicótico no especificado [298.9]

Diagnóstico diferencial
Una gran variedad de enfermedades médicas pueden presentarse con síntomas psicóticos de corta duración. Se diagnostica un trastorno psicótico debido a enfermedad médica o un delirium cuando en la historia clínica, la exploración física o los análisis de laboratorio hay datos sugerentes de que las ideas delirantes o las alucinaciones son un efecto fisiológico directo de una enfermedad médica específica (p. ej., síndrome de Cushing, tumor cerebral) (v. pág. 314). El trastorno psicótico inducido por sustancias, el delirium inducido por sustancias y la intoxicación por sustancias se distinguen del trastorno psicótico breve por el hecho de que la sustancia (p. ej., una droga, un medicamento o la exposición a un tóxico) se considera etiológicamente relacionada con los síntomas psicóticos (v. pág. 317). Para llegar a esta conclusión son útiles los análisis de laboratorio, como la detección de drogas en la orina o la alcoholemia, y una historia pormenorizada del consumo de sustancias, con atención especial a las relaciones temporales entre la toma de la sustancia y el inicio de los síntomas y a la naturaleza de la sustancia que se haya consumido.
No puede realizarse el diagnóstico de trastorno psicótico breve si los síntomas psicóticos son atribuibles a un episodio afectivo (p. ej., los síntomas psicóticos se presentan exclusivamente durante un episodio depresivo mayor, maníaco o mixto). Si los síntomas psicóticos persisten durante 1 mes o más, el diagnóstico será trastorno esquizofreniforme, trastorno delirante, trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos o trastorno psicótico no especificado, dependiendo de los demás síntomas del cuadro. El diagnóstico diferencial entre el trastorno psicótico breve y el trastorno esquizofreniforme es difícil cuando los síntomas psicóticos han remitido antes de 1 mes en respuesta a un tratamiento farmacológico. Puesto que los episodios recidivantes del trastorno psicótico breve son raros, hay que prestar atención a la posibilidad de que un trastorno recidivante (p. ej., trastorno bipolar, exacerbaciones agudas recidivantes de la esquizofrenia) sea la causa de cualquier episodio psicótico recidivante.
Un episodio de trastorno faticio, con predominio de signos y síntomas psicológicos, puede parecerse a un trastorno psicótico breve, pero en estos casos hay pruebas de que los síntomas son producidos intencionalmente. Cuando la simulación implica síntomas aparentemente psicóticos, generalmente hay pruebas de que la enfermedad fue fingida con una finalidad comprensible.
En algunos sujetos con trastornos de la personalidad los factores psicosociales estresantes pueden provocar períodos breves y de síntomas psicóticos. Estos suelen ser transitorios y no tributarios de un diagnóstico independiente. Si los síntomas psicóticos persisten durante por lo menos 1 día, puede ser adecuado realizar el diagnóstico adicional de trastorno psicótico breve.

Relación con los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
La CIE-10 propone un sistema bastante complicado para tipificar los trastornos psicóticos breves. Esta clasificación contiene criterios diagnósticos distintos para cuatro trastornos psicóticos breves específicos, que difieren entre sí en el tipo de síntomas (p. ej., con o sin síntomas de esquizofrenia) y en el curso (p. ej., si los síntomas psicóticos "varían rápidamente de tipo e intensidad" o no lo hacen). Además, la máxima duración de estos episodios psicóticos breves varía en función del tipo de síntomas (es decir, 1 mes para los síntomas parecidos a los de la esquizofrenia y 3 meses para los síntomas predominantemente delirantes). En cambio, el DSM-IV propone un único conjunto de criterios diagnósticos y una duración máxima de 1 mes.

Criterios para el diagnóstico de F23.8x Trastorno psicótico breve [298.8]
A. Presencia de uno (o más) de los síntomas siguientes:

(1) ideas delirantes
(2) alucinaciones
(3) lenguaje desorganizado (p. ej., disperso o incoherente)
(4) comportamiento catatónico o gravemente desorganizado
Nota: No incluir un síntoma si es un patrón de respuesta culturalmente admitido.

B. La duración de un episodio de la alteración es de al menos 1 día, pero inferior a 1 mes, con retorno completo al nivel premórbido de actividad.
C. La alteración no es atribuible a un trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos, a un trastorno esquizoafectivo o a esquizofrenia y no es debido a los efectos fisiológicos directos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento) o de una enfermedad médica.

Codificación basada en tipo:
.81 Con desencadenante(s) grave(s) (psicosis reactiva breve): si los síntomas psicóticos se presentan poco después y en aparente respuesta a uno o más acontecimientos que, solos o en conjunto, serían claramente estresantes para cualquier persona en circunstancias parecidas y en el mismo contexto cultural.
.80 Sin desencadenante(s) grave(s): si los síntomas psicóticos no se presentan poco después o no parecen una respuesta a acontecimientos que serían claramente estresantes para cualquier persona en circunstancias parecidas y en el mismo contexto cultural.
Especificar si:
De inicio en el posparto: si el inicio se produce en las primeras 4 semanas del posparto [Para CIE-9-MC especificar además si Con desencadenante(s) grave(s) y Sin desencadenante(s) grave(s).]

F24. Trastorno psicótico compartido (folie á deux) [297.3]
La característica esencial del trastorno psicótico compartido (folie á deux) consiste en una idea delirante que se desarrolla en un sujeto implicado en una relación estrecha con otra persona (que suele denominarse "inductor" o "caso primario") que padece un trastorno psicótico con ideas delirantes (Criterio A). El sujeto pasa a compartir las creencias delirantes del caso primario en parte o en su totalidad (Criterio B). La idea delirante no se explica mejor por la presencia de otro trastorno psicótico (p. ej., esquizofrenia) ni de un trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos y no es debida a los efectos fisiológicos directos de alguna sustancia (p. ej., anfetamina) o a una enfermedad médica (p. ej., tumor cerebral) (Criterio C). Probablemente, el diagnóstico más frecuente del caso primario es esquizofrenia, aunque otros posibles diagnósticos son un trastorno delirante o un trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos. El contenido de las creencias delirantes compartidas dependerá del diagnóstico del caso primario y puede incluir creencias delirantes relativamente extrañas (p. ej., que una potencia extranjera hostil está introduciendo radiaciones en casa del sujeto, lo que le produce indigestión y diarrea), ideas delirantes congruentes con el estado de ánimo (p. ej. que el caso primario va a recibir próximamente un contrato de 2 millones de dólares para hacer una película, lo que va a permitir que la familia se compre una casa mucho mayor y con piscina), a las ideas delirantes no extrañas características del trastorno delirante (p. ej., el FBI ha intervenido el teléfono y sigue a los familiares cuando salen de casa). Normalmente, el caso primario en el trastorno psicótico compartido es el dominante en la relación y, gradualmente, impone el sistema delirante a la segunda persona, más pasiva e inicialmente sana. Con frecuencia, los sujetos que llegan a compartir las creencias delirantes son familiares o el cónyuge y han vivido durante largo tiempo con el caso primario, algunas veces en un relativo aislamiento social. Si la relación con el caso primario es interrumpida, las creencias delirantes del otro sujeto suelen disminuir o incluso llegan a desaparecer. A pesar de que lo más corriente es que se den en relaciones entre sólo dos personas, el trastorno psicótico compartido puede presentarse en un número mayor de individuos, especialmente en situaciones familiares en las que uno de los padres es el caso primario y los hijos adoptan las creencias delirantes del progenitor en grado variable. Es raro que los sujetos afectados por este trastorno busquen tratamiento y suelen llamar la atención de los clínicos cuando recibe tratamiento el caso primario.

Síntomas y trastornos asociados
Al margen de las creencias delirantes, en el trastorno psicótico compartido no suelen darse otros aspectos raros o inhabituales en el comportamiento. El deterioro suele ser menor en el sujeto con el trastorno psicótico compartido que en caso primario.

Prevalencia
Hay muy poca información sistemática disponible sobre la prevalencia del trastorno psicótico compartido. Este trastorno es raro en el marco clínico, aunque se ha señalado que algunos casos pasan desapercibidos. Algunos sujetos sugieren que el trastorno psicótico compartido es algo más frecuente en las mujeres.

Curso
No se sabe demasiado acerca de la edad de inicio habitual en el trastorno psicótico compartido, pero parece que es muy variable. Si no se interviene, el curso acostumbra a ser crónico, porque este trastorno es más frecuente que se presente en relaciones prolongadas y resistentes al cambio. Con la separación del caso primario, las creencias delirantes de los sujetos van desapareciendo, unas veces con rapidez y otras más lentamente.

Diagnóstico diferencial
El diagnostico del trastorno psicótico compartido sólo se establece cuando la idea delirante no es debida a los efectos fisiológicos directos de alguna sustancia o a una enfermedad médica. El diagnóstico diferencial no suele ser un problema, porque la historia de una estrecha relación con el caso primario y la similitud de las ideas delirantes entre los dos individuos sólo se da en el trastorno psicótico compartido. En la esquizofrenia, el trastorno delirante, el trastorno esquizoafectivo y el trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos no hay una relación estrecha con una persona dominante que tenga un trastorno psicótico y comparte creencias delirantes parecidas, o, si hay tal persona, los síntomas psicóticos normalmente preceden el inicio de cualquier idea delirante compartida. En casos raros un sujeto puede presentarse con lo que parece ser un trastorno psicótico compartido, pero las ideas delirantes no desaparecen cuando el sujeto es separado del caso primario. En este caso probablemente sea adecuado pensar en el diagnóstico de oro trastorno psicótico.

Relación con los Criterios de Investigación de la CIE-10
Las definiciones de la CIE-10 y el DSM-IV para este trastorno son idénticas. En la CIE-10 esta entidad viene recogida con el nombre de trastorno delirante inducido.

Criterios para el diagnóstico de F24 Trastorno psicótico compartido [297.3]
A. Se desarrolla una idea delirante en un sujeto en el contexto de una relación estrecha con otra(s) persona(s) que ya tiene(n) una idea delirante establecida.
B. La idea delirante es parecida en su contenido a la de la persona que ya tenía la idea delirante.
C. La alteración no se explica mejor por la presencia de otro trastorno psicótico (p. ej., esquizofrenia) o de un trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos y no es debida a los efectos fisiológicos directos de alguna sustancia (p. ej., una droga, un medicamento) o a una enfermedad médica.

Trastorno psicótico debido a enfermedad médica
Las características esenciales del trastorno psicótico debido a enfermedad médica son las alucinaciones y las ideas delirantes que se consideran debidas a los efectos fisiológicos directos de una enfermedad médica (Criterio A). En la historia clínica, la exploración física o los hallazgos de laboratorio deben existir pruebas de que las ideas delirantes o las alucinaciones son la consecuencia fisiológica directa de una enfermedad médica (Criterio B). La alteración psicótica no es explica mejor por la presencia de otro trastorno mental (p. ej., los síntomas no son una respuesta psicológica a una enfermedad médica grave, en cuyo caso el diagnóstico sería trastorno psicótico breve, con desencadenante grave) (Criterio C). No se establece el diagnóstico si la alteración aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium (Criterio D). Tampoco se establece el diagnóstico de trastorno psicótico debido a una enfermedad médica si las ideas delirantes aparecen exclusivamente en el transcurso de una demencia tipo Alzheimer o una demencia vascular, en cuyo caso se diagnostica una demencia tipo Alzheimer o una demencia vascular del subtipo con ideas delirantes.
Las alucinaciones pueden ser de cualquier modalidad sensorial (p. ej., visuales, olfativas, gustativas, táctiles o auditivas), pero es probable que ciertos factores etiológicos desencadenen fenómenos alucinatorios específicos. Las alucinaciones olfativas, especialmente las que implican el olor a goma quemada u otros olores desagradables, son muy sugerentes de epilepsia del lóbulo temporal. Las alucinaciones pueden ser simples o amorfas, o muy complejas y organizadas, dependiendo de los factores etiológicos, las condiciones ambientales, la naturaleza y la localización de la lesión causada al sistema nervioso central y de la respuesta reactiva al deterioro. En general, no se establece el diagnóstico de trastorno psicótico debido a enfermedad médica si el sujeto conserva el juicio de realidad para la alucinación y se da cuenta de que las experiencias perceptivas son causadas por la enfermedad médica. Las ideas delirantes pueden ser de temas muy diversos, incluidos los somáticos, grandiosos, religiosos y, lo que es más frecuente, persecutorios. En algunos casos, las ideas delirantes religiosas se asocian específicamente con la epilepsia del lóbulo temporal. Los sujetos con lesiones cerebrales parietales derechas pueden desarrollar un síndrome de omisión contralateral, en el que pueden no reconocer partes de su propio cuerpo hasta un extremo delirante. No obstante, las asociaciones entre ideas delirantes y enfermedades médicas concretas parecen ser menos específicas de lo que son en el caso de las alucinaciones.
Para determinar si el trastorno psicótico es debido a una enfermedad médica, el clínico tiene, en primer lugar, que establecer claramente la presencia de dicha enfermedad médica. Además, hay que establecer que la relación psicótica está etiológicamente relacionada con la enfermedad médica a través de un mecanismo fisiológico. Para poder hacer esta afirmación es necesario efectuar una evaluación cuidadosa y completa de múltiples factores. Aunque no hay normas infalibles para determinar cuándo es etiológica la relación entre el trastorno psicótico y la enfermedad médica, existen algunas orientaciones que sirven de orientación. Una consideración es la presencia de una asociación temporal entre el inicio, la exacerbación o la remisión de la enfermedad médica y la del trastorno psicótico. Una segunda consideración es la presencia de síntomas atípicos en un trastorno psicótico primario (p. ej., edad de inicio atípica o presencia de alucinaciones visuales u olfativas). En la evaluación de una situación determinada, puede ser de ayuda la bibliografía que trata de los tipos de asociación directa entre la enfermedad médica y el desarrollo de los síntomas psicóticos. Además, el clínico debe considerar si la alteración es explica mejor por la presencia de un trastorno psicótico primario, un trastorno inducido por sustancias u otro trastorno mental primario (p. ej., trastorno adaptativo). Este aspecto se comenta con mayor detalle en la sección "Trastornos mentales debidos a enfermedad médica" (v. pág. 171).

Subtipos
Puede usarse uno de los siguientes subtipos para indicar los síntomas predominantes. Si hay ideas delirantes y alucinaciones, se codificará la que predomine:
F06.2 Con ideas delirantes [293.81]. Se usa este subtipo si predominan las ideas delirantes.
F06.0 Con alucinaciones [293.82]. Se usa este subtipo si predominan las alucinaciones.

Procedimiento de tipificación
Al registrar el diagnóstico psicótico debido a enfermedad médica, el clínico debe anotar en primer lugar la existencia de un trastorno psicótico, luego ha de identificar la enfermedad médica que se considera causa del trastorno y, finalmente, el código adecuado para indicar el síntoma predominante de presentación en el Eje I (p. ej., trastorno psicótico debido a tirotoxicosis, con alucinaciones). El código diagnóstico en el Eje I se selecciona basándose en el subtipo F06.2 para el trastorno psicótico debido a enfermedad médica, con ideas delirantes [293.81], y F06.0 para el trastorno psicótico debido a enfermedad médica, con alucinaciones [293.82]. También hay que anotar en el Eje II el código de la enfermedad médica (p. ej., E05.9 Tirotoxicosis).

Enfermedades médicas asociadas
Son diversas las enfermedades médicas que pueden causar síntomas psicóticos, entre las que se incluyen enfermedades neurológicas (p ej., neoplasias, enfermedad vascular cerebral, enfermedad de Huntington, epilepsia, lesión del nervio auditivo, sordera, migraña, infecciones del sistema nervioso central), enfermedades endocrinas (p. ej., hiper e hipotiroidismo, hiper e hipoparatiroidismo, hipofunción suprarrenal), enfermedades metabólicas (p. ej., hipoxia, hipercapnia, hipoglucemia), alteraciones del equilibrio hidroelectrolítico, enfermedades hepáticas o renales y trastornos autoinmunes con afectación del sistema nervioso central (p. ej., lupus eritematoso sistémico). Las enfermedades neurológicas que más se asocian a la aparición de ideas delirantes son las que afectan las estructuras subcorticales o del lóbulo temporal. Los hallazgos de la exploración física o las pruebas de laboratorio son reflejo de la enfermedad médica causante del cuadro.

Diagnóstico diferencial
Las alucinaciones y las ideas delirantes son habituales en el contexto de un delirium; sin embargo, no se realiza un diagnóstico independiente de trastorno psicótico debido a enfermedad médica si la alteración aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium. En el caso de que las ideas delirantes aparezcan en el transcurso de una demencia tipo Alzheimer o de una demencia vascular, se establece el diagnóstico de demencia tipo Alzheimer o demencia vascular del subtipo con ideas delirantes y no se establece un diagnóstico independiente de trastorno psicótico debido a enfermedad médica. Normalmente, si el cuadro incluye una mezcla de tipos diferentes de síntomas (p. ej., psicóticos y de ansiedad), el diagnóstico es trastorno psicótico debido a enfermedad médica, porque en estos casos habitualmente predominan los síntomas psicóticos en el cuadro clínico.
Si hay pruebas de consumo reciente o prolongado de alguna sustancia (incluyendo medicamentos con efectos psicotrópicos), o de abstinencia de sustancias, o de exposición a un tóxico (p. ej., intoxicación con LSD, abstinencia de alcohol), hay que considerar el posible trastorno psicótico inducido por sustancias. Puede ser útil realizar una detección de drogas en la orina o la sangre u otras pruebas de laboratorio adecuadas. Los síntomas que se presentan durante o poco después (en un período de 4 semanas) de una intoxicación o una abstinencia de alguna sustancia pueden ser muy sugerentes de un trastorno psicótico inducido por sustancias, dependiendo del tipo, la duración o la cantidad de la sustancia que se haya usado. Si el clínico se ha cerciorado de que la alteración es debida tanto a enfermedad médica como al consumo de alguna sustancia, pueden realizarse ambos diagnósticos (trastorno psicótico debido a enfermedad médica y trastorno psicótico inducido por sustancias).
El trastorno psicótico debido a enfermedad ha de distinguirse de un trastorno psicótico primario (p. ej., esquizofrenia, trastorno delirante, trastorno esquizoafectivo) o de un trastorno primario del estado de ánimo con síntomas psicóticos. En el trastorno psicótico primario y en el trastorno primario del estado de ánimo con síntomas psicóticos no puede demostrarse la existencia de ninguna enfermedad médica asociada de una forma etiológica directa a través de mecanismos fisiológicos. La edad tardía de inicio (p. ej., la aparición de ideas delirantes por primera vez en un sujeto de más de 35 años) y la ausencia de antecedentes personales o familiares de esquizofrenia o de trastorno delirante sugieren la conveniencia de una evaluación completa para descartar el diagnóstico de un trastorno psicótico debido a enfermedad médica. Las alucinaciones auditivas que implican voces que pronuncian frases complejas son más características de la esquizofrenia que del trastorno psicótico debido a enfermedad médica. En cambio, otros tipos de alucinaciones (visuales, olfatorias) indican normalmente la existencia de un trastorno psicótico debido a enfermedad médica o de un trastorno psicótico inducido por sustancias.
Se diagnostica trastorno psicótico no especificado cuando el clínico no puede determinar si la alteración psicótica es primaria, inducida por sustancias o debida a enfermedad médica. Las alucinaciones hipnagógicas e hipnopómpicas pueden presentarse en sujetos sin ningún trastorno mental, pero sólo se dan al dormirse o al despertarse.

Relación con los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
Este trastorno viene recogido en la CIE-10 como alucinosis orgánica o trastorno delirante orgánico, dependiendo del tipo de presentación clínica.

Criterios para el diagnóstico de F06.x Trastorno psicótico debido a ... (indicar enfermedad médica) [293.xx]
A. Alucinaciones o ideas delirantes acusadas.
B. A partir de la historia clínica, la exploración física o las pruebas de laboratorio, hay pruebas de que la alteración es un efecto fisiológico directo de una enfermedad médica.
C. La alteración no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental.D. La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.

Código basado en el síntoma predominante:
.2 Con ideas delirantes: si predominan las ideas delirantes [Para CIE-9-MC .81 Con ideas delirantes]
.0 Con alucinaciones: si predominan las alucinaciones [Para CIE-9-MC .82 Con alucinaciones]

Nota de codificación: Se debe incluir el nombre de la enfermedad médica en el Eje I, por ejemplo, F06.2 Trastorno psicótico debido a neoplasia pulmonar maligna, con ideas delirantes [293.81]; codificar también la enfermedad médica en el Eje II.
Nota de codificación: Si, como parte de una demencia previa, se presentan ideas delirantes, indicar las ideas delirantes codificando, si es posible, el subtipo de demencia, por ejemplo, F00.11 Demencia tipo Alzheimer, de inicio tardío, con ideas delirantes [290.20].

Trastorno psicótico inducido por sustancias
La característica esencial del trastorno psicótico inducido por sustancias es la presencia de alucinaciones o ideas delirantes (Criterio A) que se consideran efectos fisiológicos directos de alguna sustancia (p. ej., una droga, medicamento o exposición a un tóxico) (Criterio B). No se incluyen las alucinaciones cuando el sujeto es consciente de que son provocadas por una sustancia, ya que éstas deben diagnosticarse como intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias, con la especificación de si hay o no alteraciones perceptivas. La alteración no se explica mejor por la presencia de un trastorno psicótico no inducido por sustancias (Criterio C). No se establece el diagnóstico si los síntomas psicóticos sólo aparecen en el transcurso de un delirium (Criterio D). Este diagnóstico debe realizarse en lugar del de intoxicación por sustancias o abstinencia sólo si los síntomas son excesivos en relación con los habitualmente asociados con el síndrome de intoxicación o de abstinencia, y cuando los síntomas son de suficiente gravedad como para merecer atención clínica independiente.
El trastorno psicótico inducido por sustancias se distingue de un trastorno psicótico primario teniendo en cuenta el inicio, el curso y otros factores. En cuanto a las drogas de abuso, tiene que haber pruebas de intoxicación o abstinencia en la historia clínica, la exploración física o los hallazgos de laboratorio. Los trastornos psicóticos inducidos por sustancias sólo se producen en asociación con estados de intoxicación o abstinencia, mientras que los trastornos psicóticos primarios pueden preceder el inicio del consumo de la sustancia o pueden producirse tras largos períodos de abstinencia. una vez iniciados, los síntomas psicóticos pueden continuar mientras continúe el consumo de la sustancia. Debido a que en algunas sustancias el síndrome de abstinencia puede aparecer con relativo retraso, el inicio de los síntomas psicóticos puede darse hasta 4 semanas después del abandono de la sustancia. Otra consideración es la referente a la presencia de características atípicas para un trastorno psicótico primario (p. ej., edad de inicio o curso atípicos). Por ejemplo, la aparición por primera vez de ideas delirantes en una persona mayor de 35 años, sin una historia conocida de un trastorno psicótico primario, debe alertar al clínico sobre la posibilidad de que se encuentre ante un trastorno psicótico inducido por sustancias. Incluso la historia previa de un trastorno psicótico primario no descarta la posibilidad de un trastorno psicótico inducido por sustancias. Se ha sugerido que 9 de cada 10 alucinaciones no auditivas son producto de un trastorno psicótico inducido por sustancias o de un trastorno psicótico debido a enfermedad médica. Por el contrario, los factores que sugieren que los síntomas psicóticos son atribuibles a un trastorno psicótico primario incluyen la persistencia de los síntomas psicóticos durante un período sustancial de tiempo (p. ej. alrededor de 1 mes) tras el final de la intoxicación o la abstinencia de la sustancia, la aparición de síntomas que son claramente excesivos en relación con lo que cabría esperar por el tipo o la cantidad de la sustancia utilizada o la duración del uso, o una historia de trastornos psicóticos primarios recidivantes, Incluso en una persona con intoxicación o abstinencia se han de tener en cuenta otras posibles causas de síntomas psicóticos, ya que los problemas por consumo de sustancias no son raros entre las personas
con trastornos psicóticos (presumiblemente) no inducidos por sustancias.

Subtipos y especificaciones

Pueden emplearse los siguientes subtipos para indicar el síntoma predominante en el cuadro. Si hay ideas delirantes y alucinaciones, se debe codificar lo que predomine:
Con ideas delirantes. Este subtipo se emplea so predominan las ideas delirantes.
Con alucinaciones. Este subtipo se emplea si predominan las alucinaciones.
El contexto en el que se hayan iniciado los síntomas psicóticos puede indicarse utilizando las especificaciones siguientes:
De inicio durante la intoxicación. Se debe usar esta especificación si se cumplen los criterios para la intoxicación por la sustancia y si los síntomas aparecen durante el síndrome de intoxicación.
De inicio durante la abstinencia. Se debe usar esta especificación si se cumplen los criterios para la abstinencia de la sustancia y si los síntomas aparecen durante o poco después del síndrome de abstinencia.

Procedimiento de tipificación
En cada caso de trastorno psicótico inducido por sustancias se indica el nombre de la sustancia específica (p. ej., cocaína, metilfenidato, dexametasona) que presuntamente está provocando los síntomas psicóticos. El código diagnóstico se selecciona a partir de la relación de sustancias que se proporciona con los criterios. Para las sustancias que no encajan en ninguna de las clases (p. ej., dexametasona), se debe utilizar el código para "otras sustancias". El código para cada uno de los trastornos psicóticos inducidos por sustancias depende del tipo de sustancia y de si el cuadro está dominado por las ideas delirantes o las alucinaciones. El nombre del trastorno (p. ej., trastorno psicótico inducido por cocaína, trastorno psicótico inducido por metilfenidato) va seguido por el subtipo que indica el tipo de presentación sintomática predominante y de la especificación que indica el contexto en el que aparecen los síntomas (p. ej., F14.51 Trastorno psicótico inducido por cocaína, con ideas delirantes, de inicio durante la intoxicación +292.11]; F19.52 Trastorno psicótico inducido por fenciclidina, con alucinaciones, de inicio durante la intoxicación [292.12]). Cuando se considera que hay más de una sustancia que desempeña un papel significativo en el desarrollo de los síntomas psicóticos, debe registrarse cada una de ellas por separado. Si se considera que una sustancia es el factor etiológico, pero no se sabe de qué sustancia o clase de sustancias se trata, se utilizará la categoría F19.51 Trastorno psicótico inducido por una sustancia desconocida, con ideas delirantes [292.11], o F19.52 Trastorno psicótico inducido por una sustancia desconocida, con alucinaciones [292.12].

Sustancias específicas
Los trastornos psicóticos pueden presentarse en asociación con la intoxicación por las siguientes clases de sustancias: alcohol; alucinógenos; anfetaminas y sustancias de acción similar; Cannabis; cocaína; fenciclidina y sustancias de acción similar; inhalantes; opiáceos (meperidina); sedantes, hipnóticos y ansiolíticos, y otras sustancias o desconocidas. Los trastornos psicóticos pueden presentarse en asociación con la abstinencia de las siguientes clases de sustancias: alcohol; sedantes, hipnóticos y ansiolíticos, y otras sustancias o desconocidas. El inicio del trastorno varía considerablemente dependiendo de la sustancia. Por ejemplo, fumar una dosis alta de cocaína puede producir psicosis al cabo de pocos minutos, mientras que son necesarios varios días o incluso hasta semanas de consumo de dosis altas de alcohol o sedantes para producir psicosis. Las alucinaciones pueden presentarse en cualquier modalidad. En el trastorno psicótico inducido por el alcohol, con alucinaciones, de inicio durante la abstinencia, las alucinaciones vívidas, persistentes y desagradables aparecen poco después del cese o la reducción de la ingesta de alcohol (en 48 horas). Este trastorno sólo se presenta después de ingestas prolongadas e intensas de alcohol en personas que aparentemente tienen una dependencia del alcohol. Las alucinaciones auditivas son las habituales voces, pero también pueden haber alucinaciones visuales o táctiles.
Los trastornos psicóticos inducidos por la intoxicación por anfetamina y cocaína comparten características clínicas. Las ideas delirantes de persecución pueden aparecer poco después del consumo de anfetamina o de simpaticomiméticos de acción similar. La alucinación de larvas o gusanos que pululan por la piel o debajo de ésta (formicación) puede conducir al rascado y a producir extensas escoriaciones de la piel. El trastorno psicótico inducido por Cannabis puede aparecer poco después del consumo de Cannabis y normalmente implica la presencia de ideas delirantes de persecución. Aparentemente, este trastorno es poco frecuente. Puede haber una marcada ansiedad, labilidad emocional, despersonalización y amnesia posterior para el episodio. Normalmente, el trastorno remite en 1 día, pero a veces dura algunos días. Las alucinaciones asociadas con la intoxicación por Cannabis son poco frecuentes excepto cuando se alcanzan niveles sanguíneos altos.
A veces, los trastornos psicóticos inducidos por sustancias no se resuelven con rapidez al retirar el agente que los causa. Se ha comprobado que sustancias como las anfetaminas, la fenciclidina y la cocaína provocan estados psicóticos temporales que algunas veces persisten durante semanas o incluso más, a pesar de retirar el agente causal y de instaurar un tratamiento con neurolépticos. Inicialmente, estos casos pueden ser difíciles de diferenciar de los trastornos psicóticos no inducidos por sustancias.
Algunos medicamentos provocan síntomas psicóticos, y entre ellos se incluyen anestésicos y analgésicos, agentes anticolinérgicos, anticonvulsivantes, antihistamínicos, antihipertensivos y medicamentos cardiovasculares, antimicrobianos y antiparkinsonianos, agentes quimioterápicos (p. ej., ciclosporina y procarbacina), corticosteroides, medicamentos gastrointestinales, relajantes musculares, antiinflamatorios no esteroideos, medicamentos de libre dispensación (p. ej., fenilefrina, seudofedrina), antidepresivos y disulfiram. Los tóxicos que se han relacionado con la producción de síntomas psicóticos incluyen anticolinesterasa, insecticidas organofosforados, gases nerviosos, monóxido de carbono, dióxido de carbono y sustancias volátiles como combustibles o pintura.

Diagnóstico diferencial
Unicamente se debe realizar un diagnóstico de trastorno psicótico inducido por sustancias en lugar de un diagnóstico de intoxicación por sustancias o de abstinencia de sustancias cuando los síntomas psicóticos sean excesivos en relación con los habitualmente asociados a los síndromes de intoxicación y abstinencia, y cuando los síntomas sean de suficiente gravedad como para merecer atención clínica independiente. Los sujetos intoxicados por estimulantes, Cannabis, el opiáceo meperidina o la fenciclidina, o bien quienes estén realizando una retirada de alcohol o sedantes, pueden experimentar percepciones alteradas (luces centelleantes, sonidos, ilusiones visuales) que reconocen como efectos de la droga. Si el juicio de realidad de estas experiencias permanece intacto (p. ej., el sujeto reconoce que la percepción está inducida por la sustancia y no la cree cierta ni actúa en base a ella), el diagnóstico no es trastorno psicótico inducido por sustancias. En su lugar, el diagnóstico será intoxicación por o abstinencia de sustancias, con alteraciones perceptivas (p. ej., intoxicación por cocaína, con alteraciones perceptivas). Los flashbacks alucinatorios que pueden aparecer largo tiempo después de haber dejado de usar alucinógenos son diagnosticados como trastorno perceptivo persistente por alucinógenos (v. pág. 213). Además, si los síntomas psicóticos inducidos por sustancias aparecen exclusivamente en el transcurso de un delirium, como ocurre en algunas formas de abstinencia de alcohol, los síntomas psicóticos son considerados un síntoma asociado al delirium y no se diagnostica por separado.
El trastorno psicótico inducido por sustancias se diferencia de un trastorno psicótico primario por el hecho de considerar que hay una sustancia que está etiológicamente relacionada con los síntomas (v. pág. 317).
Un trastorno psicótico inducido por sustancias debido a un tratamiento prescrito por una enfermedad mental o médica general debe iniciarse mientras el sujeto está tomando la medicación (o durante la retirada si es que hay un síndrome de abstinencia asociado a dicha medicación). Una vez que el tratamiento ha sido interrumpido, los síntomas psicóticos normalmente remiten al cabo de unos días o de algunas semanas (dependiendo de la vida media de la sustancia y de la existencia de un síndrome de abstinencia). Si los síntomas persisten más allá de 4 semanas, hay que considerar otras posibles causas de los síntomas psicóticos. Puesto que los sujetos con enfermedades médicas suelen tomar medicamentos para estas enfermedades, el clínico debe considerar la posibilidad de que los síntomas psicóticos estén causados por las consecuencias psicológicas de la enfermedad médica más que por la medicación, en cuyo caso se diagnostica trastorno psicótico debido a enfermedad médica. Frecuentemente, la historia clínica proporciona la principal base para llegar a esta conclusión. A veces es necesario un cambio en el tratamiento de la enfermedad médica (p. ej., cambio o interrupción del medicamento) para determinar si el medicamento es el agente causal. Si el clínico ha comprobado que la alteración es debida tanto a enfermedad médica como al consumo de una sustancia, deben realizarse ambos diagnósticos (p. ej., trastorno psicótico debido a enfermedad médica y trastorno psicótico inducido por sustancias). Cuando no hay datos suficientes para determinar si los síntomas psicóticos son inducidos por sustancias (incluido un medicamento) o debidos a enfermedad médica, o si son primarios (p. eje., no inducidos por sustancias ni debidos a enfermedad médica), se hablará de trastorno psicótico no especificado.

Relación con los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
La CIE-10 divide este trastorno en dos categorías: F1x.5 (trastorno psicótico debido al consumo de sustancias psicoactivas) si los síntomas psicóticos aparecen durante las primeras 2 semanas de consumo, y F1x.75 (trastorno psicótico de inicio tardío debido al consumo de sustancias psicoactivas) si éstos aparecen entre las 2 y las 6 semanas de haberse iniciado el consumo. Además, los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10 para el F1x.5 exigen una duración máxima de 6 meses.

Criterios para el diagnóstico de trastorno psicótico inducido por sustancias
A. Alucinaciones o ideas delirantes. Nota: No incluir las alucinaciones si el sujeto es consciente de que son provocadas por la sustancia.
B. A partir de la historia clínica, la exploración física o los exámenes de laboratorio, hay pruebas de (1) o (2):(1) los síntomas del Criterio A aparecen durante o en el mes siguiente a una intoxicación por o abstinencia de sustancias.(2) el consumo de un medicamento está etiológicamente relacionado con la alteración
C. La alteración no es explica mejor por la presencia de un trastorno psicótico no inducido por sustancias. Las pruebas de que los síntomas no son atribuibles a un trastorno psicótico no inducido por sustancias pueden ser las siguientes: los síntomas preceden al inicio del consumo de la sustancia (o al consumo del medicamento); los síntomas persisten durante un período sustancial de tiempo (p. ej., alrededor de 1 mes) tras la abstinencia aguda o la intoxicación grave, o son claramente excesivos en relación con lo que cabría esperar por el tipo o la cantidad de la sustancia utilizada o la duración de su uso, o hay otros datos que sugieren la existencia de un trastorno psicótico no inducido por sustancias (p. ej., una historia de episodios recidivantes no relacionados con sustancias).
D. La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.
Nota: Debe realizarse este diagnóstico en lugar del diagnóstico de intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias únicamente si los síntomas son excesivos en relación con los habitualmente asociados al síndrome de intoxicación o abstinencia y cuando los síntomas son de suficiente gravedad como para merecer atención clínica independiente.

Código para el trastorno psicótico inducido por sustancia específica:
F10.51 Alcohol, con ideas delirantes [291.5]; F10.52 Alcohol, con alucinaciones [291.3]; F16.51 Alucinógenos, con ideas delirantes [292.11]; F16.52 Alucinógenos, con alucinaciones [292.12]; F15.51 Anfetamina (o sustancias de acción similar), con ideas delirantes [292.11]; F15.52 Anfetamina (o sustancias de acción similar), con alucinaciones [292.12]; F12.51 Cannabis, con ideas delirantes [292.11]; F12.52 Cannabis, con alucinaciones [292.12]; F14.51 Cocaína, con ideas delirantes [292.11]; F14.52 Cocaína, con alucinaciones [292.12]; F19.51 Fenciclidina (o sustancias de acción similar), con ideas delirantes [292.11]: F19.52 Fenciclidina (o sustancias de acción similar), con alucinaciones [292.12]; F18.51 Inhalantes, con ideas delirantes [292.11]; F18.52 Inhalantes, con alucinaciones [292.12]; F11.51 Opiáceos, con ideas delirantes [292.11]; F11.52 Opiáceos, con alucinaciones [292.12]; F13.51 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos, con ideas delirantes [292.11]: F13.52 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos, con alucinaciones [292.12]; F19.51 Otras sustancias (o desconocidas), con ideas delirantes[292.11]; F19.52 Otras sustancias (o desconocidas), con alucinaciones [292.12].
Especificar si (v. la tabla de la pág., 183 para comprobar si es aplicable a la sustancia):
De inicio durante la intoxicación: si se cumplen los criterios para la intoxicación por la sustancia y los síntomas aparecen durante la intoxicación
De inicio durante la abstinencia: si se cumplen los criterios para la abstinencia de la sustancia y los síntomas aparecen durante o poco tiempo después del síndrome de abstinencia

F29 Trastorno psicótico no especificado [298.9]
Esta categoría incluye una sintomatología psicótica (p. ej., ideas delirantes, alucinaciones, lenguaje desorganizado, comportamiento catatónico o gravemente desorganizado) sobre la que no se dispone de una información adecuada para establecer un diagnóstico específico o acerca de la cual hay informaciones contradictorias, o trastornos con síntomas psicóticos que no cumplen los criterios para alguno de los trastornos psicóticos específicos.
Algunos ejemplos serían los siguientes:
1. Psicosis posparto que no cumple los criterios para un trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos, trastorno psicótico breve, trastorno psicótico debido a enfermedad médica o trastorno psicótico inducido por sustancias.
2. Síntomas psicóticos que han durado menos de 1 mes, pero que aún no han remitido y, por tanto, no cumplen los criterios para un trastorno psicótico breve.
3. Alucinaciones auditivas persistentes en ausencia de otras características.
4. Ideas delirantes no extrañas persistentes, con períodos de episodios afectivos superpuestos que han aparecido durante una parte sustancial de la alteración delirante.
5. Situaciones en las que el clínico ha llegado a la conclusión de que hay un trastorno psicótico, pero en las que es incapaz de determinar si es primario, debido a una enfermedad médica o inducido por sustancias.

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