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Trastornos
del sueño
Disomnias
Insomnio primario
Hipersomnia primaria
Narcolepsia
Relacionado con respiración
Del ritmo circadeano
No especificada
Parasomnias
Pesadillas
Terrores nocturnos
Sonambulismo
No especificada
Trastornos
del sueño relacionados con otro trastorno mental
Insomnio relacionado con
Hipersomnia relacionada con
Otros
trastornos del sueño
Debido a enfermedad médica
Inducido por consumo de sustancias
Disomnias
Insomnio primario
Los criterios internacionales de diagnóstico acorde
al DSM-IV, son los siguientes:
El síntoma predominante
es la dificultad para iniciar o mantener el sueño, o no tener
un sueño reparador, durante al menos un mes.
La alteración del sueño (o la fatiga diurna asociada) provoca
malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral
o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
La alteración del sueño no aparece exclusivamente en el transcurso
de la narcolepsia, el trastorno
de sueño relacionado con la respiración,
el trastorno del ritmo circadiano
o una parasomnia.
La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de
otro trastorno mental (por ejemplo, trastorno depresivo mayor,
trastorno de ansiedad generalizada, delirium).
La alteración no es debida a los efectos fisiológicos de una
sustancia (por ejemplo, drogas, fármacos) o de una enfermedad
médica.
Hipersomnia primaria
Los criterios internacionales de diagnóstico acorde
al DSM-IV, son los siguientes:
El motivo principal de consulta es la presencia de somnolencia
excesiva como mínimo durante un mes (o menos si se trata de
la forma recurrente), tal y como ponen de evidencia episodios
prolongados de sueño nocturno o episodios de sueño diurno
que tienen lugar casi cada día.
La somnolencia excesiva provoca un malestar clínicamente significativo
o deterioro social, laboral, o de otras áreas importantes
de la actividad del individuo.
La somnolencia excesiva no puede explicarse mejor por la presencia
de un insomnio y no aparece exclusivamente en el transcurso
de otro trastorno mental (por ejemplo narcolepsia, trastorno
del sueño relacionado con la respiración, trastorno del ritmo
circadiano o parasomnia) y no puede atribuirse a una cantidad
inadecuada de sueño.
La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de
otro trastorno mental.
La alteración no se debe a los efectos fisiológicos directos
de una sustancia (por ejemplo drogas, fármacos) o de una enfermedad
médica.
Especificar si:
Recidivante:
si hay períodos de somnolencia excesiva que duran como mínimo
tres días y tienen lugar varias veces al año durante al
menos dos años.
Narcolepsia
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
Ataques de sueño
reparador irresistibles que aparecen diariamente durante un
mínimo de tres meses.
Presencia de uno o ambos de los siguientes síntomas:
1. cataplejía
(es decir, episodios breves y súbitos de pérdida bilateral
del tono muscular, la mayoría de las veces en asociación
con emociones intensas.
2. intrusiones recurrentes de elementos del sueño REM en
las fases de transición entre el sueño y la vigilia, tal
y como indican las alucinaciones hipnagógicas o hipnopómpicas
o las parálisis del sueño al principio o al final de los
episodios del sueño.
La alteración
no se debe a los efectos fisiológicos directos de una sustancia
(por ejemplo drogas, fármacos) o de una enfermedad médica.
Tr. del sueño
relacionados con respiración
Los criterios internacionales de diagnóstico acorde
al DSM-IV, son los siguientes:
Desestructuración
del sueño que provoca somnolencia excesiva o insomnio y que
se considera secundaria a una patología respiratoria relacionada
con el sueño (por ejemplo, síndromes de apnea obstructiva
del sueño o de apnea central del sueño o de hipoventilación
alveolar central).
La alteración no se explica mejor por la presencia de otro
trastorno mental y no se debe a los efectos fisiológicos directos
de una sustancia (por ejemplo, drogas, fármacos) o de otra
enfermedad médica (diferente de un trastorno de la respiración
relacionado con el sueño).
Del ritmo
circadeano
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
Presencia persistente
o recurrente de un patrón de sueño desestructurado
que obedece a una mala sincronización entre el sistema circadiano
endógeno de sueño-vigilia del individuo, por una parte, y
las exigencias exógenas de espaciamiento y duración del sueño,
por otra.
Las alteraciones del sueño provocan un
malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral,
o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
Las alteraciones del sueño no aparecen exclusivamente en el
transcurso de otro trastorno del sueño u otro trastorno mental.
El trastorno no se debe a los efectos fisiológicos directos
de una sustancia (por ejemplo drogas, fármacos) o de una enfermedad
médica.
Especificar tipo:
Tipo
sueño retrasado: patrón de sueño persistente que
consiste en acostarse y despertarse tarde, con incapacidad
para conciliar el sueño y levantarse a horas más tempranas
pese a desearlo.
Tipo jet lag: somnolencia y estado de alerta
presentes en momentos del día inadecuados, y que aparece
después de repetidos viajes transmeridionales a zonas con
diferente huso horario.
Tipo cambios de turno de trabajo: insomnio
que aparece durante las horas que el individuo debería dormir
o somnolencia excesiva durante las horas en que debería
estar despierto, debido a un turno de trabajo nocturno,
o un cambio repetido de un turno de trabajo.
Tipo no especificado (por ejemplo, patrón
de sueño avanzado, ausencia de patrón sueño-vigilia de 24
horas o patrón de sueño-vigilia irregular).
Disomnia no
especificada
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
Esta categoría
se reserva para los cuadros clínicos de insomnio, hipersomnia
o alteraciones del ritmo circadiano que no reúnen criterios
para una disomnia específica. Son ejemplos:
Quejas de insomnio o hipersomnia clínicamente significativos
que pueden atribuirse a factores ambientales (por ejemplo,
ruido, luz, interrupciones frecuentes).
Somnolencia excesiva atribuible a una deprivación concomitante
de sueño.
"Síndrome de piernas inquietas" idiopático: sensación
molesta (por ejemplo, malestar, hormigueo o inquietud) que
produce una intensa necesidad de mover las piernas. Típicamente
estas sensaciones aparecen antes de acostarse y se alivian
temporalmente moviendo las piernas o andando, volviendo a
aparecer sólo si estas se mantienen inmóviles. Estas sensaciones
pueden retrasar el inicio del sueño o despertar el individuo.
Movimientos periódicos de los miembros ("mioclonus
nocturno"): sacudidas de los miembros repetidas, breves y
de baja amplitud, sobre todo de las extremidades inferiores.
Estos movimientos aparecen cuando el individuo está a punto
de dormirse y disminuyen durante las fases 3 y 4 NREM. Estos
movimientos suelen aparecer rítmicamente cada 20-60 segundos,
dando lugar a activaciones breves y repetidas. Característicamente,
estos individuos no son conscientes de estos movimientos,
pero sí pueden aquejar insomnio, despertares frecuentes o
somnolencia diurna si el número de movimientos es considerable.
Situaciones
en las que el clínico ha establecido la presencia de un trastorno
del sueño, pero se ve incapaz de determinar si este
es primario, secundario a una enfermedad médica o relacionado
con el consumo de una sustancia
Parasomnias
Pesadillas
Los criterios internacionales de diagnóstico acorde al
DSM-IV, son los siguientes:
Despertares
repetidos durante el período de sueño mayor o en las
siestas diurnas, provocados por sueños extremadamente terroríficos
y prolongados que dejan recuerdos vívidos, y cuyo contenido
suele centrarse en amenazas para la propia supervivencia,
seguridad o autoestima. Los despertares suelen ocurrir durante
la segunda mitad del período de sueño.
Al despertarse del sueño terrorífico, la persona recupera
rápidamente el estado orientado y vigil (a diferencia de la
confusión y desorientación que caracterizan los terrores nocturnos
y algunas formas de epilepsia).
Las pesadillas, o la alteración del sueño determinada
por los continuos despertares, provocan malestar clínicamente
significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas
importantes de la actividad del individuo.
Las pesadillas no aparecen exclusivamente en el transcurso
de otro trastorno mental (por ejemplo, delirium, trastorno
por estrés postraumático) y no se deben a los efectos fisiológicos
directos de una sustancia (por ejemplo, drogas, fármacos)
o de una enfermedad médica.
Terrores nocturnos
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
Episodios recurrentes
de despertares bruscos, que se producen generalmente durante
el primer tercio del episodio del sueño mayor y que se inician
con un grito de angustia.
Aparición durante el episodio del miedo y signos de activación
vegetativa de carácter intenso, por ejemplo, taquicardia,
taquipnea y sudoración.
El individuo muestra una falta relativa de respuesta a los
esfuerzos de los demás por tranquilizarle.
Existe amnesia del episodio: el individuo no puede describir
recuerdo alguno detallado de lo acontecido durante la noche.
Estos episodios provocan malestar clínicamente significativo
o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de
la actividad del individuo.
La alteración no se debe a los efectos fisiológicos directos
de una sustancia (por ejemplo drogas, fármacos) o de una enfermedad
médica.
Sonambulismo
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
Episodios repetidos
que implican el acto de levantarse de la cama y andar por
las habitaciones en pleno sueño, que tienen un lugar generalmente
durante el primer tercio del período de sueño mayor.
Durante estos episodios, el individuo tiene una mirada fija
y perdida, se muestra relativamente arreactivo a los intentos
de los demás para establecer un diálogo con él y sólo puede
ser despertado a base de grandes esfuerzos.
Al despertar, tanto en pleno episodio como a la mañana siguiente,
el sujeto no recuerda nada de lo sucedido.
A los pocos minutos de despertarse del episodio de sonambulismo,
el individuo recobra todas sus facultades y no muestra afectación
del comportamiento o las actividades mentales (aunque en un
primer momento puede presentar confusión o desorientación).
Los episodios de sonambulismo provocan malestar clínicamente
significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas
importantes de la actividad el individuo.
La alteración no se debe a los efectos fisiológicos directos
de una sustancia (por ejemplo drogas, medicamentos) o de una
enfermedad médica
Parasomnia
no especificada
Los
criterios internacionales de diagnóstico acorde al DSM-IV,
son los siguientes:
La categoría
parasomnia no especificada se reserva para las alteraciones
caracterizadas por comportamientos o reacciones fisiológicas
de carácter anormal que aparecen durante el sueño o en las
transiciones sueño-vigilia y que no reúnen los criterios diagnósticos
para una parasomnia más específica. Los ejemplos incluyen:
Trastorno
comportamental de sueño REM: actividad motora, a menudo
de carácter violento, que aparece durante el sueño REM. A
diferencia del sonambulismo, estos episodios tienden a hacer
acto de presencia en la segunda mitad de la noche y se asocian
a recuerdos vívidos del sueño.
Parálisis
del sueño: incapacidad para realizar movimientos voluntarios
durante la transición entre el sueño y la vigilia. Estos episodios
pueden aparecer al acostarse (hipnagógicos) o al despertar
(hipnopómpicos) y suelen asociarse a una ansiedad extrema
y, en algunos casos, a sensación de muerte inminente. La parálisis
del sueño es un síntoma que acompaña con frecuencia a la narcolepsia
y, en estos casos, no deben codificarse por separado.
 
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